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Dirección General de Policí­a de Tránsito de Costa Rica

Reseña Histórica

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Con la primera Ley No.38 de Tráfico, publicada en La Gaceta del 20 de julio de 1926, nació la Dirección General de Tráfico, adscrita al Despacho de Policía, según su Artículo No.57. Luego, la Ley de Tránsito No.63 del 26 de marzo de 1935, en su artículo 29, determinó que la ya denominada Dirección General de Tráfico dependiera de la Secretaría de Seguridad Pública lo que significaba en sí mismo, un principio de evolución.

En 1963, al crearse el Ministerio de Transportes, se determinó la dependencia de la Dirección General de Tránsito, a esa cartera del Estado.

En 1968, es trasladada de nuevo al Ministerio de Seguridad Pública, donde permaneció como Policía de Tránsito, hasta 1976.

De conformidad con los artículos 2 y 26 de la Ley 3503 y mediante el Decreto Ejecutivo No.20, publicado el 20 de agosto de 1975, la Dirección General de Transporte Automotor asumió todas las funciones relativas al tránsito en el territorio nacional, por lo cual quedo así sustituida la Dirección General de Tránsito.

Posteriormente, mediante la Ley No.5930 publicada en el Alcance a la Gaceta No.205 del 27 de octubre de 1976, vuelve a formar parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, adscrita a la División de Transportes.

Además, con la Ley de Administración Vial No. 6324, publicada en el Alcance No. 4 a La Gaceta No.97 del 25 de mayo de 1979, se crea la Dirección de la Policía de Tránsito quien tendrá plena responsabilidad sobre el control y vigilancia de las operaciones de tránsito en todo el país.

Para 1980 la Dirección de la Policía de Tránsito contó con las siguientes Subdirecciones: Planificación de Recursos de Seguridad Vial con los departamentos de Distribución y Aplicación de Seguridad Vial, Investigación y Evaluación de la Problemática Vial y Formación de Recursos Humanos; Subdirección de la Policía de Tránsito Metropolitana con las unidades de Motorizada, Grúas, Patrullas e Inspectores no motorizados; Subdirección de la Policía de Tránsito Regional con las Regiones de Liberia, San Ramón, San Isidro, Santa María de Dota y Siquirres y un Departamento Administrativo.

En 1983 la Dirección de la Policía de Tránsito pasa a tener la siguiente organización: Departamento de Recursos Viales con las Secciones de Recursos Humanos e Investigación y Normas; Departamento de Operaciones Policiales Región Metropolitana con las Secciones, Depósito de Vehículos, Supervisión, Servicios Generales, control de Radio, control Servicio Remunerado de Personas, Coordinación con Policía Metropolitana, Delegación Don Bosco, Subdelegación Alajuela, Subdelegación Heredia, Delegación Sión, Subdelegación Cartago; Departamento de Operaciones Policiales Regionales con las Secciones, Delegación Norte, Delegación Atlántica, Delegación Sur y Delegación Pacífico Norte y el Departamento Administrativo.

Para 1985 se crea un nuevo Departamento en la Policía de Tránsito llamado Técnico Policial con las secciones de Regionales, Área Metropolitana e Infracciones, a su vez el Departamento Administrativo pasa a llamarse Departamento Administrativo Financiero.

Mediante Decreto Ejecutivo No.22676 publicado en la Gaceta No.232 del 3 de diciembre de 1993, se modifica la estructura de esta Dirección y se establece su objetivo y nuevas funciones, acordes con la recién aprobada Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No.7331, publicada en la Gaceta No.76 del 22 de abril de 1993. Contando con la siguiente organización: Asistencia Legal, Departamento Administrativo, las Secciones de Proveeduría, Médica, Servicios Generales, Recursos Humanos, Equipo y Mantenimiento; Departamento de Planes y Programas con las Secciones de Programación y Evaluación, Capacitación, Evaluación de Personal, Información y Computación; Departamento de Operaciones Policiales con Supervisión General, Delegaciones Regionales y la Sección de Radio Comunicación; Departamento de Infracciones y Sección de Computo.

Para 1994 la Dirección de la Policía de Tránsito contó con la Unidad de Asistencia Legal; Departamento de Operaciones Policiales con las Supervisión General, Delegaciones de Tránsito, Central de Radios y el Plantel de Vehículos Detenidos; Departamento de Planeamiento con las Secciones de Programación y Evaluación, Capacitación, Evaluación de Personal, Información, Computación; Departamento Administrativo con las Secciones de Proveeduría, Médica, Servicios Generales, Recursos Humanos, Equipo y Mantenimiento; y la Unidad de Control Interno.

Con el Decreto Ejecutivo No.24880-MOPT, publicado en La Gaceta No.19 del 26 de enero de 1996, se reestructura la Dirección General de la Policía de Tránsito, para que el desarrollo de sus actividades sea mediante procesos, con participación activa de equipos de trabajo, pasado a ser la Unidad de Policía de Tránsito con las siguientes unidades: Unidad de Control Interno, que fusiona la Asistencia Legal y Control Interno e incluye la Contraloría de Servicios; Unidad de Apoyo, incluye las actividades administrativas, financieras, informáticas y otros servicios de apoyo; Unidad Sustantiva Técnico Operativo de Tránsito y Unidad Sustantiva Regionales. Dicho decreto derogó el Decreto Ejecutivo No.22676-MOPT.

Mediante Decreto Ejecutivo No.25183-MOPT, publicado en La Gaceta No.110 del 11 de junio de 1996, se reestructura la División de Transportes, para que se fundamente en el trabajo por procesos. Creándose la Subárea Sustantiva de Administración Vial y conformada por los Equipos de Trabajo de Educación Vial, Policía de Tránsito e Ingeniería de Tránsito. La modificación de la estructura organizativa fue aprobada por la Dirección de Planeamiento Administrativo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, así como por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante el documento DM-387-96 del 29 de abril de 1996 y Reforma del Estado del Ministerio de la Presidencia.

El Decreto Ejecutivo No.26689-MOPT publicado en La Gaceta No.40 del 26 de febrero de 1998, derogó al Decreto Ejecutivo No. 25183-MOPT publicado en La Gaceta No.110 del 11 de junio de 1996 y se reestructura la División de Transportes. Creándose así el Área Sustantiva de Administración Vial, conformada por las Subárea de Educación Vial, Policía de Tránsito e Ingeniería de Tránsito.

Siguiendo con las propuestas de reformas administrativas y funcionales, posteriormente mediante oficio No DM-57-99 del 26 de marzo de 1999, el Ministerio de Planificación y Política Económica determina su anuencia a las modificaciones en la estructura organizacional y funcional que proponen las autoridades superiores del MOPT, publicándose el Decreto Ejecutivo No. 27917-MOPT, del 10 de junio del mismo año, en La Gaceta No.112, en dicho decreto, artículo 30 se menciona que la Dirección de Policía de Tránsito depende de la División de Transportes.

La Dirección de la Policía de Tránsito cuenta con las regulaciones de la Ley No. 7410 "Ley General de Policía" y las contenidas en el Decreto No. 26779-MOPT "Reglamento Policial para los Oficiales de Tránsito", publicado en La Gaceta No. 60 el 26 de marzo de 1998.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No.29065-MOPT, publicado en La Gaceta No.220 del 16 de diciembre del 2000, se publica el "Reglamento para Policías de Tránsito Ad-Honorem", de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley-7331, se derogan el Decreto Ejecutivo No.22252-MOPT del 31 de mayo 1993; Decreto Ejecutivo No.22737-MOPT del 22 de diciembre 1993; Decreto Ejecutivo No.24524-MIRENEM-MOPT del 07 de agosto 1995; Decreto Ejecutivo No.24838-MAE-MOPT del 11 de diciembre de 1995; Decreto Ejecutivo No.27611-MOPT del 29 de enero de 1999.

Mediante el Decreto Ejecutivo No. 29625-MOPT, publicado en La Gaceta No. 131 del 09 de julio del 2001, se deroga los Decretos Ejecutivos No. 26779-MOPT y 24880-MOPT y se crea el "Reglamento de Organización y Servicio de las Autoridades de Tránsito", además dicho decreto reforma y adiciona al Decreto Ejecutivo No. 30325-MOPT, publicado en la Gaceta No.92 del 15 de mayo del 2002. Con el Decreto No. 29625-MOPT, se crea la Escuela de Capacitación de la Policía de Tránsito.

La Ley-8431 Reforma de varios artículos de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No.7331, publicado en La Gaceta No. 254 del 28 de diciembre del 2004 y el oficio No. DM-567-06 del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económico del 05 de mayo del 2006, se crea el Departamento de Control y Atención de Recursos de Inconformidad en la Dirección General de la Policía de Tránsito, para que atienda las apelaciones de Infracciones de Tránsito.

Además, mediante los oficios DVT-07-1486 del 2 de julio del 2007 de la señora Viceministra de Transportes; PA-2007-567 del 26 de setiembre del 2007, de la Dirección de Planeamiento Administrativo y Planificación Sectorial; así como el oficio DM-2007-4460 del 12 de noviembre del 2007 de la señora Ministra, se crean dos Subdirecciones en la Dirección General de la Policía de Tránsito, a saber: una Subdirección de Operaciones Policiales y otra de Servicios de Apoyo.

A solicitud de la señora Ministra, mediante Resolución No.000004 del 10 de enero del 2007, sobre el pago del riesgo policial a funcionarios policiales de la Dirección General de la Policía de Tránsito, se remite a la señora Ministra mediante el oficio PA-2007-685 de la Dirección de Planeamiento Administrativo el Informe "Atención de la Resolución 0004 de la Ministra de Obras Públicas y Transportes, del 10 de enero del 2007, sobre Informe de Control Interno No.37-2006 Seguimiento al Informe de Control Interno No.AG-I-06-2004 denominado Estudio de la Gestión de la Dirección General de la Policía de Tránsito".

El 10 de abril del 2008, mediante el oficio PA-2008-206 de la Dirección de Planeamiento Administrativo, se remite a la señora Ministra el "Estudio sobre la Estructura de la Dirección General de la Policía de Tránsito", con la siguiente estructura: Dirección General, Subdirección de Operaciones Policial con: Brigada Especial, Control de Emisiones, Supervisión Nacional, Patrullas de Carretera con nuevo Corredores, el Departamento de Operativos de Tránsito con las Regiones: Área Metropolitana, Huetar Norte, Pacífico Central, Chorotega, Atlántica y Brunca; la Subdirección de Servicios de Apoyo con: Central de Comunicaciones, Armería y los Departamentos de: Depósito de Vehículos Detenidos, Escuela de Capacitación de Policía de Tránsito, Administrativo y Control y Atención de Recursos de Inconformidad.

Mediante el Decreto Ejecutivo No.34686-MOPT, publicado en La Gaceta No.156 del 13 de agosto del 2008, se publica el "Reglamento para la Administración de Recurso Humano e Incentivos Salariales de los Funcionarios del Régimen Policial de la Dirección General de la Policía de Tránsito", además se derogan los artículos 4, 12, 13, 14, 15, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 47, 48 y 51 del Decreto Ejecutivo No.29625-MOPT.

Además, mediante la Ley No.8696 "Reforma Parcial de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No.7331, y Normas Conexas", se crea la Unidad Policial de Apoyo Legal, dependiendo directamente de la Dirección General.

Mediante el oficio DM-3243-09 del 04 de agosto del 2009 del Despacho de la señora Ministra, el que a su vez, responde a las Leyes No.8696 "Reforma Parcial de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No. 7331, y Normas Conexas" y No. 8779, "Reforma de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No. 7331, del 13 de abril de 1993, y su Reforma"; así como, el "Informe de Control Interno N° AG-37-2006, Sobre el Seguimiento al Informe de Control Interno N° AG-I-06-2004, denominado Estudio de la Gestión de la Dirección General de la Policía de Tránsito" elaborado por la Auditoría General del MOPT, se elabora el "Estudio Técnico de Reorganización Estructural de la Dirección General de la Policía de Tránsito" según Guías No.2 y 3 de MIDEPLAN; y se remitió a la Dirección de Planificación Sectorial, mediante el Oficio PA-2009-543 del 09 de octubre del 2009, el cual fue aprobado y oficializado por la Dirección de Planificación Sectorial y remitido a la señora Ministra, mediante el Oficio DPS-2009-729 del 14 de octubre del 2009, así mismo la señora Ministra, mediante el Oficio No.20094482 del 14 de octubre del 2009, aprueba y oficializa la estructura organizativa de la Dirección General de la Policía de Tránsito y la remite para su registro al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, mediante el Oficio DM-4483-09 del 19 de octubre del 2009.

Finalmente, mediante lo dispuesto en la modificación No. 8696 a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No. 7331 transitorio II "Durante el plazo de 9 meses, la competencia para el conocimiento, el trámite y la resolución de las impugnaciones de las infracciones de multa fija, permanecerá en la Unidad de control de la Dirección General de la Policía de Tránsito. Vencido el plazo, entrará en funcionamiento la Unidad de Impugnaciones de Boletas de Citación del Consejo de Seguridad Vial, por tanto se traslada las competencia del Departamento de Control y Atención de Recursos de Inconformidad a la Unidad antes mencionada", dicha disposición se aplicó en marzo del 2011.